Finanzas
Empresas grandes deben implementar protocolo contra el acoso LGTBI
Todas las empresas ubicadas en España y con una plantilla de 50 empleados o más tienen desde este lunes la obligación de disponer de un protocolo contra el acoso laboral a las personas LGTBI. Este 4 de marzo vence el plazo de 12 meses habilitado en la ley por la igualdad de trato aprobada en 2023, y las empresas que no cumplan con dicha obligación pueden verse sancionadas por la Inspección de Trabajo.
Las empresas deberán tener un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras.
En términos prácticos, las compañías tienen que tener –por escrito- un manual que diga qué hacer en caso de que se produzca una situación de acoso. La información que recaba la Administración para dimensionar el alcance de estas discriminaciones tiene margen de mejora. Gajardo recomienda dejar todos los protocolos por escrito y clarificar las responsabilidades.
Pedagogía, claridad y todo por escrito
Las fuentes consultadas coinciden en equiparar un acoso por ser miembro de la comunidad LGTBI a ‘acoso por razón de sexo’, lo que suele equivaler a una falta ‘muy grave’, que está penado con la suspensión de empleo y sueldo o el despido. La negociación colectiva ha ido incorporando progresivamente compromisos contra el acoso LGTBI. Y es que en la misma página del Boletín Oficial del Estado donde se daba 12 meses a las empresas para elaborar su protocolo, el Gobierno prometía elaborar un reglamento que aún no ha llegado.
Esperando un reglamento oficial
El problema que apuntan desde este bufete de abogados es que referencia en la ley no es explícita al hecho de carecer de un protocolo y que ello podría ser utilizado en potenciales impugnados por parte de empresas sancionadas para requerir que los tribunales tumbaran la sanción.
Protocolo contra el acoso laboral a personas LGTBI en empresas en España
Desde este lunes, todas las empresas ubicadas en España y con una plantilla de 50 empleados o más tienen la obligación de disponer de un protocolo contra el acoso laboral a las personas LGTBI. Esta importante medida busca mejorar la inserción de este colectivo en el ámbito laboral, ya que según un informe del sindicato UGT, el 75% de las personas LGTBI consideran que no tienen las mismas oportunidades que las personas heterosexuales en el trabajo.
El plazo de 12 meses para cumplir con esta obligación establecida en la ley por la igualdad de trato aprobada en 2023 vence el 4 de marzo. Las empresas que no cumplan podrían enfrentar multas que van desde 7.501 hasta 225.018 euros por parte de la Inspección de Trabajo. Sin embargo, existen posibles agujeros legales que podrían minimizar estas sanciones, lo que ha generado incertidumbre en el cumplimiento de la normativa.
Las empresas deberán tener un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras.
En la práctica, las compañías deben contar con un manual por escrito que especifique qué acciones tomar en caso de acoso, incluyendo a quién denunciar, los canales disponibles y cómo resolver conflictos potenciales. Este protocolo se suma a las medidas contra el acoso sexual que las empresas con 50 o más empleados ya deben tener en sus planes de igualdad.
La falta de información recopilada por la Administración para medir el alcance de las discriminaciones hacia las personas LGTBI en el entorno laboral es un área de mejora. La conselleria de Igualtat i Feminismes de la Generalitat afirma no contar con un registro específico de casos de acoso LGTBI en los centros de trabajo en Catalunya, remitiéndose a los datos de la Inspección de Trabajo.
Pedagogía, claridad y todo por escrito
Según Eva Gajardo, secretaria de igualdad y formación de UGT de Catalunya, es crucial sensibilizar a las plantillas para erradicar la discriminación hacia el colectivo LGTBI. Recomienda que todos los protocolos estén por escrito y que las responsabilidades estén claras para las potenciales víctimas, facilitando así el proceso de denuncia y resolución de conflictos.
Las empresas deben garantizar que el personal designado para atender denuncias esté debidamente sensibilizado y formado para detectar y abordar casos de acoso. Además, el acoso por razón de orientación sexual se equipara a acoso por razón de sexo en la mayoría de convenios colectivos, lo que puede resultar en suspensión de empleo y sueldo o incluso en despido disciplinario.
La negociación colectiva ha ido integrando compromisos contra el acoso LGTBI, como se observa en el convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Barcelona, que insta a las empresas a incluir acciones contra la discriminación por orientación sexual en sus protocolos contra el acoso.
Esperando un reglamento oficial
La falta de claridad en los convenios y la inseguridad sobre cómo aplicar esta nueva normativa han generado consultas frecuentes por parte de las empresas. La demora en la elaboración del reglamento prometido por el Gobierno ha generado incertidumbre en el sector laboral.
El Ministerio de Trabajo convocó una reunión con la patronal y los sindicatos para consensuar el reglamento, pero hasta el momento no se ha llegado a un acuerdo. A pesar de la ausencia de este reglamento, la obligación legal para las compañías sigue en pie y su incumplimiento es sancionable.
Desde el Col·lectiu Ronda señalan que la falta de un protocolo contra el acoso LGTBI en una empresa podría considerarse una infracción muy grave, con multas que van desde 7.501 hasta 225.018 euros, dependiendo de la gravedad de la situación. Sin embargo, la ley no aborda explícitamente la falta de protocolo, lo que podría plantear desafíos legales para las empresas sancionadas.
En resumen, el protocolo contra el acoso laboral a personas LGTBI en empresas en España es un paso importante hacia la igualdad y la inclusión en el ámbito laboral, pero la falta de un reglamento oficial y la interpretación de la ley plantean desafíos para su implementación efectiva.
Resumen de la noticia
- Todas las empresas en España con 50 empleados o más deben tener un protocolo contra el acoso laboral a las personas LGTBI.
- El plazo para cumplir con esta obligación vence el 4 de marzo, con multas de hasta 225.018 euros para las empresas que no cumplan.
- Las medidas contra el acoso deben ser acordadas en la negociación colectiva y deben estar por escrito en un manual interno.
- La falta de un reglamento oficial sobre este tema ha generado incertidumbre en las empresas y en la aplicación de la normativa.
- La falta de un registro oficial de casos de acoso LGTBI en el trabajo dificulta la detección y prevención de estas situaciones.
- El incumplimiento de tener un protocolo contra el acoso LGTBI puede resultar en sanciones económicas.
Implicaciones futuras
La falta de un reglamento oficial y de un registro de casos puede complicar la aplicación efectiva de la normativa contra el acoso laboral a personas LGTBI. Las empresas deben actuar con prontitud para cumplir con la obligación y evitar posibles sanciones.
Reflexión final
Es fundamental que las empresas en España se comprometan a crear entornos laborales seguros y libres de discriminación para las personas LGTBI. La sensibilización, la formación y la claridad en los protocolos internos son clave para erradicar el acoso y garantizar la igualdad de oportunidades en el trabajo.